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La Agenda 2030 es el gran logro del multilateralismo contemporáneo. Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) fueron concebidos con el propósito de abordar una amplia variedad de desafíos mundiales.
La humanidad se encuentra bien adentrada en el Antropoceno. Es una nueva época geológica generada por la actividad humana que ha colocado al sistema Tierra en una trayectoria desconocida. Frente al estado estable del Holoceno, el Antropoceno cuestiona la posibilidad de sustentar el mundo tal y como lo conocemos.
En consecuencia, estos rápidos cambios tienen importantes repercusiones a todos los niveles. De hecho, ya estamos experimentando puntos de inflexión que comienzan a desestabilizar nuestro planeta.
En este sentido, los ODS son una manera de mantener a la humanidad dentro de unos límites seguros que garanticen el bienestar de los seres humanos y los demás habitantes de la Tierra.
Los ODS son una forma de articular a los gobiernos, las organizaciones y la ciudadanía ante la necesidad de mantener unos límites seguros para el clima, la biosfera, el agua dulce, la alimentación y la salud, entre muchas otras cuestiones.
Un marco legalmente vinculante
Pero la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible no puede entenderse sin el marco que ofrecen los derechos humanos. Este es legalmente vinculante y los ODS pueden contribuir sustancialmente a la protección de los mismos.
Como establece el preámbulo de la Agenda 2030, los ODS “pretenden basarse en los Objetivos de Desarrollo del Milenio y completar lo que estos no lograron. Pretenden hacer realidad los derechos humanos de todos”. En su apartado 8 señala con claridad el deseo de lograr un futuro “en el que se respeten universalmente los derechos humanos y la dignidad humana, el estado de derecho, la justicia, la igualdad y la no discriminación; en el que se respete la raza, la etnia y la diversidad cultural; y en el que la igualdad de oportunidades permita la plena realización del potencial humano y contribuya a la prosperidad compartida”.
Por tanto, la Agenda 2030 se basa en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y es el resultado todos los acuerdos obtenidos en las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas que han sentado unas bases sólidas para el desarrollo sostenible y han contribuido a dar forma a la nueva Agenda. Entre ellas figuran la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Plataforma de Acción de Beijing y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible Río+20.
Los 17 ODS y los desafíos de la humanidad
La Agenda 2030 es una herramienta multilateral para continuar el esfuerzo internacional de respetar los derechos humanos. Y ese esfuerzo es un hito significativo, pues representa el compromiso de todos los estados miembros de Naciones Unidas para colaborar en los desafíos comunes de la humanidad. Por tanto, cuando hablamos de la Agenda 2030, ponemos en relación los siguientes puntos:
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El ODS 1 (Fin de la pobreza) no solo busca poner fin a la pobreza en todas sus formas, sino afirmar la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
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El ODS 2 (Hambre cero) no solo busca lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, sino respetar el articulado de la Convención sobre los derechos del niño.
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El ODS 3 (Salud y bienestar) no solo trata de garantizar una vida sana, sino cumplir el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales.
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El ODS 4 (Educación de calidad) no solo trata de garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, sino garantizar el derecho a la educación establecido en el artículo 26.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
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El ODS 5 (Igualdad de género) no solo busca garantizar la igualdad entre géneros, sino defender el articulado de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
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El ODS 6 (Agua limpia y saneamiento) no solo busca garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible, sino también cumplir la Declaración Universal de los Derechos Humanos para lograr la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables para la dignidad y el desarrollo de las personas.
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El ODS 7 (Energía asequible y no contaminante) no solo trata de garantizar el acceso a una energía asequible, segura y sostenible, sino lograrlo respetando el Acuerdo de París.
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El ODS 8 (Trabajo decente y crecimiento económico) no solo busca promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, sino hacerlo respetando los convenios sobre la protección del salario, igualdad de remuneración y sobre la discriminación en el empleo.
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El ODS 9 (Industria, innovación e infraestructura) no solo busca construir infraestructuras resilientes y promover la industrialización inclusiva, sino hacerlo en línea con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
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El ODS 10 (Reducción de las desigualdades) no solo busca reducir la desigualdad entre países, sino hacerlo cumpliendo con la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.
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El ODS 11 (Ciudades y comunidades sostenibles) no solo trata de lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, sino hacerlo promoviendo unas bajas emisiones de gases de efecto invernadero como establece el Acuerdo de París.
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El ODS 12 (Producción y consumo responsables) no solo trata de garantizar el consumo y la producción sostenibles, sino hacerlo respetando el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Acuerdo de París.
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El ODS 13 (Acción por el clima) no solo plantea adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y garantizar el bienestar de todos los habitantes del sistema Tierra. Al hacerlo, afirma la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático.
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El ODS 14 (Vida submarina) no solo busca conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos, sino respetar el Convenio de Ramsar, es decir, la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas.
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El ODS 15 (Vida de ecosistemas terrestres) no solo busca proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, sino cumplir con la Convención de la Naciones Unidas de lucha contra la desertificación.
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El ODS 16 (Paz justicia e instituciones sólidas) no solo busca facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles sino cumplir con el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
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El ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos) busca promover los medios para revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible. Por tanto, resulta esencial potenciar la colaboración y la cooperación entre los estados miembros de la ONU, así como entre los diferentes actores de la sociedad. Es decir, gobiernos, sector privado, organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil en su conjunto.
En conclusión, los ataques a la Agenda 2030 son una amenaza directa a los derechos humanos y a todo el ordenamiento jurídico de la comunidad internacional. Atacar la Agenda 2030 es un retroceso irracional que nos introduce en un escenario unilateral que nos recuerda el abandono de Alemania, Japón e Italia de la Sociedad de Naciones. Es decir, nos recuerda las peores páginas de la historia de la humanidad.
Joaquín Fernández Mateo no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.