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El primer ministro británico, Rishi Sunak, ha recibido una carta firmada por 600 abogados y académicos advirtiendo que la venta de armas a Israel es ilegal. Pero, ¿qué dice realmente el derecho internacional sobre esta cuestión y cuáles son las obligaciones jurídicas de los países en relación con el actual ataque a Gaza?
En los últimos meses, varios países han anunciado que suspenden las exportaciones de armas a Israel. Entre ellos se encuentran Canadá, Bélgica, Italia, España y los Países Bajos, así como la empresa japonesa Itochu Corporation. Alemania y Estados Unidos, con diferencia los mayores proveedores de armas a Israel, aún no han manifestado su intención de hacer lo mismo. Tampoco el Reino Unido.
Suspender las exportaciones de armas indica no sólo una preocupación política, sino también expresa un temor sobre la legalidad de seguir apoyando militarmente a Israel en su ataque a Gaza. El tribunal de apelación de los Países Bajos dictaminó en febrero que el gobierno holandés debe interrumpir sus ventas de piezas de aviones de combate F35 basándose en sus obligaciones en virtud del tratado de la ONU sobre comercio de armas. Una demanda similar está actualmente pendiente de resolución en Dinamarca, que exporta piezas del F35 a Estados Unidos, que luego vende los aviones terminados a Israel.
Tratado sobre el comercio de armas
Entonces, ¿cuál es la posición según el derecho internacional de los países que apoyan militarmente a Israel? Hay muchas normas específicas y generales que son relevantes en este caso.
La más obvia se encuentra en el tratado de comercio de armas de la ONU. El artículo 7 exige una evaluación de riesgos para todas las transferencias de armas y prohíbe las exportaciones cuando exista un riesgo preponderante de que las armas puedan utilizarse para cometer violaciones graves del derecho internacional humanitario (el derecho de los conflictos armados).
La única prueba objetiva que tenemos para determinar el riesgo de futuras violaciones es examinar si existen pruebas de un patrón de violaciones pasadas por parte de Israel. Los informes de la ONU sobre violaciones graves cometidas en el pasado son una de las consideraciones clave que países como Reino Unido incluyen en su legislación para determinar el riesgo futuro. En 2019, el tribunal de apelación del Reino Unido suspendió las exportaciones de armas a Arabia Saudí basándose en que el gobierno no había evaluado si era probable que se hubieran cometido violaciones pasadas del derecho internacional en Yemen.
Las pruebas disponibles sugieren que ha habido innumerables ejemplos de acciones israelíes en Gaza que parecen, a primera vista, incompatibles con el derecho internacional humanitario. Entre los ejemplos más recientes se encuentran el ataque contra el convoy de ayuda auspiciado por el cocinero español José Andrés el 1 de abril, la destrucción de los hospitales de Gaza y la hambruna bien documentada en el territorio.
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El tribunal de apelación de La Haya que ordenó al gobierno holandés suspender las exportaciones de armas a Israel se basó en informes de Amnistía Internacional y la ONU cuando enumeró múltiples ejemplos de aparentes violaciones del derecho relativo a los conflictos armados en Gaza.
Y en la esperada resolución del Consejo de Seguridad de la ONU adoptada el 25 de marzo, con la abstención de Estados Unidos, el Consejo de Seguridad condenó “todos los ataques contra civiles y bienes de carácter civil, así como toda violencia y hostilidades contra la población”, y exigió el flujo de ayuda humanitaria a Gaza, de acuerdo con el derecho internacional humanitario.
Esto sugiere un patrón de violaciones graves en el pasado y, por tanto, un claro riesgo de que continúen las violaciones. Así pues, los signatarios del tratado sobre el comercio de armas que sigan suministrando armas a Israel probablemente lo hagan incumpliendo el artículo 7.
Convenciones de Ginebra
Sin embargo, todas las naciones tienen otras obligaciones que adquieren especial importancia en relación con Gaza. Una de ellas es la obligación de prevenir el genocidio en virtud del artículo 1 de la Convención sobre el Genocidio.
Esto es especialmente relevante desde que la Corte Internacional de Justicia determinó en enero que existe un riesgo inminente de daño irreparable a los derechos de los palestinos en Gaza en virtud de la Convención sobre el Genocidio.
Pero también incluye el artículo 1 de los Convenios de Ginebra de 1949, que exige a los Estados que “garanticen el respeto” del derecho internacional humanitario. Existe un apoyo abrumador a la opinión de que esto requiere que todos los Estados no sólo eviten ayudar a las violaciones (por ejemplo, mediante la exportación de armas), sino que tomen medidas proactivas para garantizar que las partes beligerantes cumplen con sus obligaciones en virtud del derecho internacional. Pueden hacerlo a través de canales diplomáticos o imponiendo sanciones.
El 1 de marzo, Nicaragua inició un procedimiento contra Alemania (el segundo mayor exportador de armas a Israel), alegando en parte que viola el artículo 1 de las convenciones de Ginebra debido a su apoyo a Israel.
De este modo, todos los países están obligados jurídicamente a garantizar que los demás cumplan el derecho internacional humanitario. Si la catastrófica destrucción, la masiva muerte de civiles y el inmenso sufrimiento de los que siguen vivos en Gaza no bastan para poner a raya a los aliados de Israel por su continua venta de armas, es difícil concebir una situación que pueda hacerlo.
Lawrence Hill-Cawthorne no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.