Libertad provisional, libertad condicional, libertad vigilada: ¿hablamos de lo mismo?

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A lo largo del proceso penal, desde que se producen las primeras investigaciones hasta que (si fuera el caso) se termina de cumplir una condena, el encausado, aunque no se encuentre en prisión, puede ver limitada su libertad de diversas formas. La falta de claridad de la terminología utilizada en el mundo del Derecho puede dar lugar a una cierta confusión.

Todas las situaciones de libertad limitada (llamémosla así) implican que, si bien el individuo sometido a un proceso penal se encuentra en libertad, para conservarla debe cumplir las obligaciones o prohibiciones que para cada caso establece la Ley. Las más comunes consisten en presentarse ante el juez o la comisaría de policía que se le indique y con la frecuencia que se disponga, evitar el contacto con una persona concreta o asistir a programas formativos de tratamiento de comportamientos adictivos.

En países como México existe incluso una modalidad de libertad condicionada a un sistema de localización y rastreo en el que se puede recurrir a brazaletes u otro sistema de monitoreo electrónico

Libertad provisional y libertad bajo fianza

Lo que distingue a la libertad provisional de la libertad condicional y la libertad vigilada son los momentos del proceso en los que se produce la limitación de libertad, así como las consecuencias del incumplimiento de dichas imposiciones.

La libertad provisional, posiblemente la más conocida, tiene lugar mientras está en marcha un proceso judicial por delitos de cierta gravedad, antes de que se dicte sentencia. Pretende asegurar que el presunto delincuente estará presente durante el proceso para poder ser juzgado, así como para cumplir la condena si finalmente es condenado.

Además de exigirle que esté a disposición de la autoridad judicial y que acuda al proceso, al sujeto en libertad provisional se le puede pedir una fianza. Consiste en el depósito de una cantidad de dinero que sirve como garantía de su presencia en el proceso. De ahí que, en ocasiones, se hable de “libertad bajo fianza”. Aunque la expresión como tal no aparece en la legislación, se usa de forma habitual entre profesionales del Derecho.

Si la persona en libertad provisional deja de cumplir alguna de las obligaciones o prohibiciones impuestas (por ejemplo, se deja de presentar ante el juez en la fecha acordada), o deja de depositar la cantidad que se le ha impuesto como fianza, se acordará la prisión provisional. Eso implica que el presunto delincuente ingresará en prisión durante la tramitación del juicio para asegurar su presencia en el proceso. Basta recordar el reciente caso del juicio al exfutbolista brasileño Dani Alves, que ingresó en prisión provisional por no haber depositado la elevada suma que se le había impuesto como fianza y que, posteriormente, fue puesto en libertad provisional al conseguir la cantidad de dinero exigida.

¿Y qué hay de la expresión “libertad con cargos” que tanto se escucha, sobre todo, en contextos periodísticos? Aunque se usa como sinónimo de libertad provisional, no aparece recogida en la legislación española. Se trata de una traducción de la locución inglesa released with/without charges, que hace referencia a la situación de los detenidos que están provisionalmente “en libertad” a la espera de que se celebre el juicio.

Libertad condicional

La libertad condicional se produce en un momento muy distinto. Se trata de la libertad que se puede conceder a quien ya está cumpliendo condena en un centro penitenciario si se dan determinados presupuestos como buen comportamiento y que esté cumpliendo las últimas fases del cumplimiento de la condena. Su finalidad es facilitar la transición a la vida en libertad que se producirá cuando se extinga plenamente la condena. Y también puede supeditarse a ciertos requisitos como presentarse ante el juez o la comisaría de policía que se le indique y con la frecuencia que se disponga.

En México, el equivalente sería lo que se denomina libertad preparatoria, y solo se contempla una vez cumplidas las tres quintas partes de la condena, cuando se ha observado buena conducta y el condenado “haya reparado o se comprometa a reparar el daño causado”. Y en Argentina se habla de libertad asistida para referirse al “egreso anticipado y su reintegro al medio libre seis meses antes del agotamiento de la pena temporal”.

Libertad vigilada

El ordenamiento jurídico español utiliza un último término referido a la libertad con ciertas restricciones: libertad vigilada. Y puede aludir a dos situaciones distintas. En primer lugar, es la denominación que recibe una medida de seguridad que se impone en la sentencia y que implica la libertad con unos requisitos muy similares a los de la libertad provisional.

En segundo lugar, la libertad vigilada puede referirse, en el contexto de la Unión Europea, a ciudadanos que han visto su condena suspendida o que están en libertad condicional. En ese caso, la libertad del individuo también está sometida a obligaciones, prohibiciones… Y aunque en este caso han sido acordadas por un juez de otro Estado miembro, se han de cumplir en España.

The Conversation

Regina Garcimartín Montero no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.


Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

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